Le escribo en nombre del Estate de Michael Jackson para advertirle que cese de inmediato de hablar sobre Michael Jackson con la prensa. Sus recientes comentarios a los medios sobre los tratamientos médicos del señor Jackson y su fallecimiento vulneran de forma fehaciente el derecho médico-paciente de acuerdo a la ley de California. A pesar de sus interesadas declaraciones usted claramente no ha sido “amigo” de Michael Jackson. Usted fue el médico del Sr. Jackson quien estuvo a cargo de su cuidado. En lo que a esto respecta, toda comunicación que usted mantuvo con el Sr. Jackson fue durante el curso de su relación médico-paciente, y por lo tanto se presume dicha información como absolutamente confidencial.
La confidencialidad médico-paciente se mantiene a pesar del fallecimiento del Sr. Jackson. Bajo el Código de Procedimientos Probatorios 993 (c) El Estate es el propietario de dicho privilegio y en ello nos reafirmamos. Véase Cal.Evid. Code 993 (c) (definiendo como “propietario” de dicho privilegio “el representante del paciente si dicho paciente fallece”; véase también Hale v.Sup.Ct.28 Cal.App.4th 1421.1423 (1994) (la masa hereditaria es propietaria del privilegio); Ritternhouse v.Sup.Ct. 235 Cal.App.3d 1584.1588 (1991) (mismo). Para ser claros, el Estate no le ha autorizado, y nunca lo hará, a que usted trate con nadie y en especial con los medios de comunicación su forma de tratar a Michael Jackson, incluyendo todo tipo de comunicación que usted tuviera con el Sr. Jackson mientras estuvo sobre su supervisión médica.
No hay lugar a duda de que usted ha violado el secreto médico-paciente en relación a sus recientes declaraciones a la prensa. El secreto médico-paciente es total e incluye todo tipo de comunicación “transmitida entre el médico y su paciente durante el transcurso de la relación”. Cal.Evid.Code 992. La comunicación entre un médico y su paciente se “presume que debe ser realizada en secreto y en caso contrario asegurarse que dicho privilegio tenga prueba de que dicha comunicación no fue realizada de forma confidencial” Cal.Evid.Code 917 (cursivas añadidas). Además de las conversaciones, el secreto médico-paciente incluye todo tipo de “informaciones obtenidas mediante el examen del paciente” y todo “diagnóstico realizado y consejo dado por el médico en el curso de dicha relación” Cal.Evid.Code 992; véase también Binder v.Sup Ct. 196 Cal.App.3d 893, 897 (1987). Los tribunales de California tienen una larga historia con respecto al análisis del secreto médico-paciente y a favor de su confidencialidad. Véase, por ejemplo, Kramer v. Policy Holders’ Life Ins Ass’n.5 Cal.App.2d 380 (1935).
Va más allá de lo irónico y cobarde que tras decidir no testificar ante el jurado que lo condenó, ahora usted intente defender su conducta públicamente compartiendo supuestas conversaciones que tuvo con Michael Jackson y añadiendo detalles del tratamiento y condición médica del Sr. Jackson. Sus entrevistas sobre la vida personal, la salud y el tratamiento médico que usted presumiblemente le facilitó como “amigo” difieren con creces del tipo de información que el secreto médico-paciente intenta proteger. Si usted continúa violando el juramento que aceptó cuando era médico e insiste en revelar información privilegiada sobre Michael Jackson (la mayoría de la cual parece inventada), el Estate tomará todas las medidas legales posibles, las cuales incluyen una demanda por revelación de información confidencial sobre el Sr. Jackson en cualquier tipo de memorias o libro (el cual nos consta que está intentando vender). Además, si las insólitas declaraciones de que está intentando recuperar su licencia médica en cualquier jurisdicción son ciertas, el Estate advertirá de forma total a los comités médicos que correspondan de su incumplimiento en cuanto el secreto médico-paciente así como de su negativa a honrar dicho secreto médico-paciente en relación a su forma de tratar a Michael Jackson.
Todos los derechos son expresamente reservados
Muy sinceramente suyo
Howard Weitzman
Traducción: @accesibiza